DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar al penado JORGE LUIS PEROZO GONZÁLEZ, Venezolano, natural de Maracaibo, casado, de 36 años de edad, titular de la cédula de identidad No V- 9.796.291, hijo de Felipe Perozo y de Ana González, residenciado en el Barrio Las Pringamosas, avenida principal entrando por el abasto El Chino, La Concepción del Municipio Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia como formula alternativa de cumplimiento, LA LIBERTAD CONDICIONAL, de conformidad con los artículos 479 ordinal 1° en concordancia con el Segundo y Tercer Aparte del Artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, hasta que culmine el día 12-02-2007.-