Determinado lo anterior, observa el Tribunal que para el día 12-11-2013, fecha en que fue presentada la demanda, se encontraba en vigencia la referida Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia, para acceder a casación se exige una cuantía que exceda las 3.000 unidades tributarias, la cual para ese momento era de CIENTO SIETE BOLIVARES (Bs. 107,00) por unidad tributaria; siendo estimada la demanda en la suma de CUATROCIENTOS SETENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 470.000,00). Lo anterior revela que la cuantía señalada por la parte actora en la demanda presentada, equivale a la cantidad de CUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS CON CINCUENTA Y DOS UNIDADES TRIBUTARIAS (4.392,52 U.T.), monto éste que –conforme a lo señalado – permite el acceso al conocimiento de la Sala de Casación Civil del Máximo Tribunal, y es por este motivo que este Juzgado ADMITE el recurso de casación anunciado en fechas 10-02-2020 (f. 64, 3ª pieza) por el abogado ALEJANDRO UGARTE SPERANDIO, inscrito en el .....