Por los motivos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, interpuso el ciudadano FRANKLIN MONTOYA, en contra de la sociedad mercantil CLUB CAMPESTRE LA ROMAÑERA, C.A y del ciudadano JOSE ZAMBRANO, (suficientemente identificados en las actas procesales).SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a cancelar la suma de SEIS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UN BOLIVARES CON 86/100 CENTIMOS (Bs. 6.289.591,86) ; a esta cantidad, se le sumarán los intereses de mora, así como la indexación o ajuste por inflación que deberán ser calculados mediante una experticia complementaria del fallo. TERCERO: No hay con.....