Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido en forma MIXTA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA CULPABLES; y en consecuencia, CONDENA a cada uno de los acusados JAIRO MANUEL CAICEDO PARRA, de nacionalidad venezolano, lugar de nacimiento: Maracaibo, fecha de nacimiento: 05-01-1988, de 20 años de edad, estado civil soltero, carpintero, titular de la cedula de identidad No. 18.516.137, hijo de JAIRO CAICEDO PARRA y EDICTA DE CAICEDO PARRA, domicilio en la Calle 85, avenida Falcón con avenida 3E-70, Sector Valle Frio en la Esquina queda al taller de refrigeración SEMPRUM, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, y JOHENDER ENRIQUE PIRELA AGUIRRE, de nacionalidad venezolano, lugar de nacimiento: Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento: 19-10-1987, de 20 años de edad, estado civil soltero, albañil, titular de la cedula de identidad No. 17.738.948, hijo de JORGE PIREL.....