DISPOSITIVO
Por los hechos y fundamentos legales antes explanados, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar CON LUGAR, la demanda de Desalojo y Cobro de Bolívares, intentada por el ciudadano INACIO DA SILVA MARTINS, en contra de la ciudadana ANA IRENE CORONA, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
1) Se ordena a la parte demandada desalojar el inmueble constituido por una habitación, distinguida con el número 7, la cual forma parte de un conjunto de habitaciones que están construidas dentro de un inmueble de mayor extensión propiedad de la parte demandante, ubicado en la avenida 9B, número 83-95, en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Es.....