se declara: en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, INCOMPETENTE POR RAZÓN DE LA CUANTIA Y EL TERRITORIO, para conocer del presente procedimiento y en consecuencia, acuerda declinar su competencia al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo. Así se decide-
Se ordena la remisión del presente expediente al referido Juzgado a fin de que se aboque al conocimiento, sustanciación y decisión de la presente causa.