Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de practicar la citación del ciudadano JAIRO RAFAEL NAVARRO SERRANO, elaborándose para ello la compulsa de manera correcta, y en consecuencia, se declara NULA la citación del precitado ciudadano efectuada en fecha 17 de enero de 2018, así como todas las actuaciones realizadas con posterioridad a dicha fecha, quedando con plena firmeza la citación del Fiscal del Ministerio Público y los actos previamente realizados a la señalada fecha, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 211 del Código de Procedimiento Civil. Y ASÍ SE DECIDE.-