Declara:
1. CON LUGAR la demanda de Privación de Patria Potestad intentada por la ciudadana Marinelly Alejandra Jaime Bracho, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V- 17.086.162, en contra del ciudadano Javier Enrique Valero Coniles, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V- 15.562.781, en relación con la niña (identidad omitida, artículo 65 de la LOPNNA), de diez (10) años de edad. En consecuencia, se declara al progenitor privado del ejercicio de la Patria Potestad.
2. EXHORTA a la progenitora a propiciar la relación paterno-filial en beneficio de su hija.
3. NO HAY condenatoria en costas por la naturaleza de la materia sometida a decisión.
Publíquese y regístrese.