EL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• HOMOLOGADO el desistimiento formulado por la abogada en ejercicio GLADYS GIL CAMPOS, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora y los terceros adhesivos voluntarios de la parte demandante, ya identificados, y en consecuencia,
• Se da por consumado el citado acto unilateral de autocomposición procesal.
• Deja sin efecto y, por ende, sin ningún valor jurídico, la apelación ejercida por la abogada en ejercicio GLADYS GIL CAMPOS, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora y los terceros adhesivos voluntarios de la parte demandante, mediante diligencias de fechas 14 de julio y 03 de octubre del 2014.
Queda de esta manera Confirmada la sentencia recurrida.
No se hac.....