d) Por otra parte, se observa de las copias certificadas del expediente administrativo llevado por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del municipio Maracaibo del estado Zulia, que en fecha 26 de noviembre 2009, dicto medida provisional y excepcional de abrigo en familia sustituta de la niña de autos, en la persona de los ciudadanos Jon Jairo Serrano Peña y Shirley Mireya Castillo Paz, portadores de las cédulas de identidad No. V-13.244.555 y V-13.592.671, respectivamente quienes son cónyuges entre si. Ahora bien, este Juzgador ante la presente situación acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 395 literal "C" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decretar medida de colocación familiar provisional, en el hogar constituido por los esposos Serrano Castillo, en beneficio de la niña XXXXXXXX. Así se decide.-