En este Estado este órgano Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Miranda, Simón Bolívar, Lagunillas, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, atendiendo a la Solicitud realizada acuerda Suspender la presente Ejecución de Embargo Ejecutivo, y Ordena el regreso a su sede de origen en la Ciudad de Cabimas, Visto y oído como ha sido la auto composición procesal entre las partes, en consecuencia releva de los cargos al perito Avaluador y depositario judicial designado.- Siendo las 2:30 minutos de la tarde concluyo el Acto.- Termino se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ
DRA. GREGORIA MEJIAS.-
EL NOTIFICADO-REPRESENTANTE DE LA
EMPRESA DEMANDADA.-
LA APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA.-
LA SECRETARIA
DRA. RISOLENA LOLLI