´En virtud de lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano De Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente demanda de COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACION) presentada por el ciudadano OLIVER EMANUELE BLARASIN ROJAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-16.546.899, asistido por el abogado MAXIMO ANTONIO MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 155.262 contra el ciudadano LUIS SAUL GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° V-10.608.611. Conste.-
LA JUEZA TEMPORAL,
Abg. IXORA LOURDES DIAZ
LA SECRETARIA,
Abg. RAIDA PIÑA LÓPEZ.
ILD/RPL.....