PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN OFICIAL DEL ESTADO
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal Nº 1, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
A. CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos VIANI LUZ CABARCAS MENCO Y RAFAEL SULBARAN ARTEAGA cónyuges, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº (s) V- 13.370.614 y V- 10.421.841, respectivamente, ya identificados.
B. DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante el Jefe Civil de la Parroquia Domitilia Flores del Municipio San Francisco del Estado Zulia, el día uno (01) de Septiembre de dos mil uno (2001), según acta de matrimonio Nº 232, que consignaron, expedida por la mencionada autoridad.
C. En cuanto a la patria potestad y la resp.....