Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara en el juicio de IRREGULARIDADES ADMINISTRATIVAS seguido por SERVICIOS INTEGRALES 3000 C.A. contra GRANZON MENITO C.A.:
1.-) IMPROCEDENTE, el decreto de la Medida Innominada solicitadas por la parte demandante mediante escrito presentado por ante la Secretaría de este Tribunal con fecha 19 de Noviembre de 2013, por lo que se NIEGA la misma. Así se decide.
- No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza de la presente decisión.