-En este estado, este Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Miranda, Lagunillas Simón Bolívar, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE : A.) EL TREINTA POR CIENTO (30%) DEL SUELDO que percibe el demandado EDIXON ENRIQUE RANGEL RAMIREZ, como MECANICO de la Empresa PETROQUIMICA DE Venezuela, S.A., por concepto de Obligación de Manutención en beneficio del Niño en autos.-- B.) EL TREINTA POR CIENTO (30%) DEL BONO VACACIONAL que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado, para cubrir los gastos propios del inicio del año escolar.- C.) EL TREINTA POR CIENTO (30%) POR CONCEPTO DE UTILIDADES O BONIFICACION ESPECIAL DE FIN DE AÑO que perciba el ciudadano EDIXON ENRIQUE RANGEL RAMIREZ, para cubrir los gastos propios la época decembrina.-D) EL CIEN .....