1º) HOMOLOGA, por lo que le atribuye el carácter de cosa juzgada a la transacción celebrada entre la ciudadana RAIZA MARINA FEREIRA y la entidad de trabajo ASOCIACIÓN CIVIL LAGO MARACAIBO CLUB, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos.
2º) De conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS.