DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PERIMIDA LA INSTANCIA en la demanda interpuesta por el Profesional del Derecho ORLANDO FARÍAS PIRELA, venezolano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad Nº 7.617.885, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 37.849, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, quien se atribuye el carácter de Apoderado Judicial del FONDO DE GARANTÍA DE DEPOSITO Y PROTECCIÓN BANCARIA (FOGADE), Instituto Autónomo creado mediante decreto ejecutivo Nº 540 de fecha 20 de marzo de 1985, publicado en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela Nº 33.190 de fecha 22 de marzo de 1985, y regido por la Ley General d.....