DISPOSITIVO
En fuerza de los argumentos esgrimidos en la presente decisión, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA,
administrando justicia por autoridad de la ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, declara: IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria formulada por los abogados en ejercicios ARLEN GONZALEZ CASTRO y ALBERTO OSORIO VILCHEZ, plenamente identificados en actas, actuando en su carácter de apoderados Judiciales de la parte demandada, en relación a la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva, dictada por este Tribunal, en fecha veintidós (22) de Noviembre del año que discurre. Así se establece. Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Zulia htt://zulia.tsj.gov.ve/.Publíquese y regístrese.
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