DISPOSITIVA
Por los Fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa seguida contra del adolescente Imputado 1.- (SE OMITE EL NOMBRE DEL ADOLESCENTE POR CONFIDENCIALIDAD)S, de nacionalidad Venezolana, nacido en Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento 19/02/1988, actualmente de 19 años de edad, sin documentación, residenciado en el Barrio Santa Fe II, a dos cuadras de la licorería CHACIN, en un rancho, casa S/N, Municipio Maracaibo Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION previsto y sancionado en el articulo 458 y 80 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano INYI DARIO CHAVEZ GUILLEN, de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adole.....