Ahora bien, tal como se señaló anteriormente, el actor en lugar de dar cumplimiento a lo ordenado, en el sentido de aportar pruebas que evidenciaran que su pretensión no podrá ser satisfecha para el supuesto de que el fallo sea favorable a sus intereses, no aportaron elementos suficientes para dar por cumplido periculum inmora; por lo tanto al en modo alguno puede tenerse como cumplida la exigencia realizada por este Tribunal en cuanto a la ampliación de la prueba para el decreto de la medida solicitada.
En razón de lo anteriormente expuesto, se niega el decreto de la medida de prohibición de enajenar y gravar solicitada por la parte actora. 
             LA JUEZA TEMPORAL,
           IXORA LOURDES DIAZ.                  
         LA SECRETARIA, 
                                                                                          RAIDA PIÑA LOPEZ.  
ILD/RPL/mfv.
Exp. N° T-2-INST-12.623-22.