PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (MUTUO CONSENTIMIENTO) presentada por los ciudadanos DIOBETT NOEMI GONZALEZ DE MARCANO, titular de la cédula de identidad N° V-12.273.503 y GABRIEL JOSE MARCANO DELGADO, titular de la cédula de identidad N° V-11.901.627, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio civil, por ellos celebrado ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Marcano del estado Nueva Esparta en fecha treinta (30) de noviembre de mil novecientos noventa y ocho (1998), la cual quedó inserta bajo el 281, cuya acta reposa en los Libros del Registro Civil de Matrimonios de la Parroquia Santa Inés, Municipio Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y se ordena conforme a lo previsto en los artículos 101 numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, a insertar la presente sentencia, única y exclusivamente ante el Re.....