Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 26 de junio de 2017, por el profesional del derecho ALFREDO EMILIO SANGRONIS, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS EDUARDO REYES ESTRADA parte demandada en el presente juicio, todos debidamente identificados en el presente fallo.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión proferida por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 21 de junio de 2017, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE OPCION DE COMPRAVENTA, seguido por el ciudadano GILBERTO GUERRERO MEJÍAS, en contra del ciudadano LUIS EDUARDO REYES ESTRA.....