Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
• CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, formulada por los ciudadanos GUILLERMO EUCLIDES ALVAREZ GONZALEZ y YOLIANNY DEL ROSARIO HERNANDEZ DIAZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números 17.332.598 y 22.246.202, respectivamente, domiciliados en el municipio Lagunillas del estado Zulia, y en consecuencia;
• DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día catorce (14) de febrero de 2012, contrajeron Matrimonio Civil por ante el Registro Civil de la Parroquia Alonso de Ojeda del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, según Acta de Matrimonio, todo lo cual se evidencia de Acta de Matrimo.....