éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte Recurrente entidad de trabajo COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A., a través de su apoderado judicial, abogado en ejercicio Alejandro Canónico. SEGUNDO: Se confirma la decisión de fecha 30-06-2016 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial; en consecuencia se declara INADMISIBLE el recurso Contencioso Administrativo de nulidad interpuesto por la entidad de trabajo COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, C.A., contra la Actuación Administrativa, dictada por la División de Supervisión de la Inspectoría Del Trabajo Del Estado Bolivariano De Nueva Esparta. TERCERO: No hay expresa condenatoria en costas dada la naturaleza del presente asunto. CUARTO: Se.....