este Juzgado de Segundo de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: Que son suficientes los derechos que tienen los ciudadanos JOTHANA JOSEFINA BARRIOS DE MILLAN Y JOHAN FIDEL BARRIOS BARRERA, y su esposa BETTY BEATRIZ BARRERA FRANCO titulares de las cedulas de identidad Números V-14.846.980, V-19.831.830 y V-5.721.057, respectivamente como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del HENRY FIDEL BARRIOS PEÑA.- ASI SE DECLARA.-