homologa en todas y cada una de sus partes el desistimiento del recurso contencioso de nulidad interpuesto por los ciudadanos PÉREZ REGUILLO, ROSALIA RINCONES HERRERA, LUÍS GILBERTO PERDOMO ESCALONA, JORGE LUÍS ANDRADE, ARGENIS JOSÉ NATERA BERMÚDEZ, LUÍS ALBERTO FIGUEROA y CRUZ DEL VALLE RODRÍGUEZ SUAREZ, antes identificados, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO MARIÑO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, cursante en el presente expediente Nº N-0756-11. En consecuencia téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada y se ordena el archivo del expediente. ASÌ SE DECIDE.