Régimen de Convivencia Familiar: Primero: Debido a que la madre ejerce la custodia, el padre compartirá con la niña, cada vez que se traslade para este estado, previa comunicación con la madre, en periodos de vacaciones largas, es decir periodo de vacaciones escolares y de navidad, si el padre se traslada para las vacaciones de carnaval y semana santa compartirá con la niña comunicándolo con anterioridad a la madre, siendo que el padre la retirará y la entregará en el hogar materno. Segundo: El día del padre, madre, cumpleaños, con quien corresponda, el cumpleaños de la niña ambos padres compartirán con ella. Quedando establecido que ambos padres comunicaran a la otra cualquier situación que tenga que ver con la niña y cualquier modificación que se haga en cuanto al régimen establecido. En tal virtud, esta Jueza del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, admite la misma.....