JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN LA CIUDAD DE MARACAIBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, contemplada en el articulo 256 numerales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesta por la profesional del derecho ANDREINA DESIREE FERNANDEZ VASQUEZ, en su condición de Defensora Privada del ciudadano JOHANDRI ENRIQUE CHACIN NAVA, titular de la cédula de identidad N° V- N° V-15.747.169, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se modifica la medida cautelar sustitutiva de libertad, contenida en el artículo 256 numeral 3° del texto adjetivo penal, impuesta en fecha 08/08/2011 por el Tribunal de Octavo de C.....