Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la demanda que por DESALOJO intentó el ciudadano ERNESTO GABRIEL HABERLI RAMONES contra el ciudadano WILLIAM ALBERTO LOZANO VALECILLOS.
Se condena a la parte actora a pagar las costas y costos del presente juicio por haber vencimiento total, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.