Por las razones antes señaladas, este Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con base en los Artículos 185-A del Código Civil y 12 del Código de Procedimiento Civil; declara CON LUGAR la acción de Divorcio intentada por los ciudadanos: LUIS JOSE GARCIA, hábil, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.510.480 con domicilio en el sector San Rafael, calle San Mateo N° 46, en Barrancas del Orinoco, municipio Sotillo y TIBISAY DEL CARMEN RODRIGUEZ ALMEIDA, titular de la cedula de identi8dad N° V- 11.205.239, residenciada en el sector Altamira de Temblador, calle El Tanque, casa S/N, en la población de Temblador, municipio Libertador, estado Monagas respectivamente, de este domicilio, por consiguiente disuelto el vinculo matrimonial que los unía.- DE LA COMUNIDA.....