esta Corte de Apelaciones Ordinaria, de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente y de Violencia de Género del estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. BELTRAN JOSÉ GONZÁLEZ ROJAS, en su condición de Defensor Privado del Investigado HANS JURGEN STEIN, en contra del auto dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha 14 de julio de 2017, toda vez que no existe auto fundado (decisión) el cual pueda ser impugnado. Remítase con el correspondiente oficio. Cúmplase. ASÍ SE DECLARA.