Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelación Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE, el Recurso de Apelación incoado por el Abogado JOSÉ HUMBERTO GELVES MOLINA, Defensor Público Primero (p) para el Sistema de Responsabilidad del Adolescente, adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, actuando con el carácter de Defensor del Adolescente (SE OMITE NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 65 Y 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), identificado en actas, en contra de la decisión Nº 27-14, de fecha 21 de Agosto de 2014, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección Adolescente del Circ.....