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Decisiones del dia 25/09/2014

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cabimas.
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : 6248 N° Sentencia : 228 Fecha: 25/09/2014
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
EMPRESA MERCANTIL HOSPITAL EL ROSARIO, C.A., CONTRA LA EMPRESAS DE SEGUROS CONSTITUCION, C.A.
Resumen:
quedando desde ese mismo momento la demanda con el carácter y fuerza de COSA JUZGADA, por lo tanto no es procedente en derecho la oposición planteada porque además el documento promovido como prueba de haber cancelado, no esta sustentado en un razonamiento legal ni lógico, quedando desechado y sin lugar la oposición planteada; ordenándose la continuación del fallo dictado en el presente juicio y notifíquese a las partes. Y así se decide.
Juez/Ponente:
William Machado B.
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cabimas.
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N° Expediente : 6252 N° Sentencia : 229 Fecha: 25/09/2014
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
INCOADO POR LA EMPRESA MERCANTIL HOSPITAL EL ROSARIO, C.A., CONTRA LA EMPRESAS DE SEGUROS CONSTITUCION, C.A.
Resumen:
En el caso que nos ocupa estamos como se menciono anteriormente en la etapa ejecutiva porque ya hay un titulo ejecutivo que es la sentencia dictada por el juez aquo y confirmada por los órganos jurisdiccionales superiores, con el carácter de cosa juzgada, donde ha quedado plenamente demostrado que el actor le asistía el derecho y la razón en la acción incoada tal como se evidencia de la actitud asumida por la accionada, donde no hizo oposición en el tiempo hábil al decreto intimatorio dictado por este órgano jurisdiccional, quedando desde ese mismo momento la demanda con el carácter y fuerza de COSA JUZGADA, por lo tanto no es procedente en derecho la oposición planteada porque además el documento promovido como prueba de haber cancelado, no esta sustentado en un razonamiento legal ni lógico, quedando desechado y sin lugar la oposición planteada; ordenándose la continuación del fallo dictado en el presente juicio y notifíquese a las partes. Y así se decide.
Juez/Ponente:
William Machado B.
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cabimas.
arriba

N° Expediente : 6257 N° Sentencia : 230 Fecha: 25/09/2014
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
EMPRESA MERCANTIL HOSPITAL EL ROSARIO, C.A., CONTRA LA EMPRESAS DE SEGUROS CONSTITUCION, C.A.
Resumen:
En el caso que nos ocupa estamos como se menciono anteriormente en la etapa ejecutiva porque ya hay un titulo ejecutivo que es la sentencia dictada por el juez aquo y confirmada por los órganos jurisdiccionales superiores, con el carácter de cosa juzgada, donde ha quedado plenamente demostrado que el actor le asistía el derecho y la razón en la acción incoada tal como se evidencia de la actitud asumida por la accionada, donde no hizo oposición en el tiempo hábil al decreto intimatorio dictado por este órgano jurisdiccional, quedando desde ese mismo momento la demanda con el carácter y fuerza de COSA JUZGADA, por lo tanto no es procedente en derecho la oposición planteada porque además el documento promovido como prueba de haber cancelado, no esta sustentado en un razonamiento legal ni lógico, quedando desechado y sin lugar la oposición planteada; ordenándose la continuación del fallo dictado en el presente juicio y notifíquese a las partes. Y así se decide
Juez/Ponente:
William Machado B.
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cabimas.
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