Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: Califica como flagrante la aprehensión del ciudadano LUIS ANGEL LIRA ANGULO, antes identificado, de conformidad con el segundo aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 248 eiusdem, en relación con el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Se acuerda al ciudadano LUIS ANGEL LIRA ANGULO, medida cautelar sustitutiva de libertad, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal de Venezuela, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, consistentes en la presentación periódica de una vez p.....