este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNCISIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: Declara:
PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN del desistimiento del procedimiento efectuado por la ciudadana MÓNICA MATA en el procedimiento que por prestaciones sociales lleva en contra de las codemandadas ANUNCIOS MOLINA, C.A., CORPORACIÓN REGIONAL BROADCASTING, C.A.,y TELEVISA DEL ZULIA CANAL 7, todos plenamente identificadas en las actas procesales, por lo que se le atribuye el carácter de COSA JUZGADA.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la decisión no hay condenatoria en costas.
TERCERO: SE DA POR TERMINADO el presente asunto y se ordena el archivo definitivo del expediente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Déjese copia certificada por secretaria del presente fallo de conformidad con el artículo 248 del Código de P.....