DECRETA: el SOBRESEIMIENTO de la Causa seguida en contra del ciudadano JUNIOR ANDERSON GARCIA quien es venezolano, natural de Maracaibo, del Estado Zulia, portador de la cedula de identidad N° 16.622.351, de 24 años de edad, soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en Barrio La Polar, calle 180, casa N° 48 N-26, hijo de Yudith García y Orleido Gutiérrez, y actualmente en libertad., por haberse extinguido la Acción Penal que por el delito por el delito de Robo en Grado de Complicidad, previsto y sancionado en el articulo 457 en concordancia con el articulo 84 ambos del Código Penal, ello de conformidad a lo establecido en el articulo 373° del Código Orgánico Procesal Penal, le fuera formulada por la Fiscalia Vigésima del Ministerio Publico, de conformidad con lo previsto en el numeral 3° del articulo 318° en concordancia con el numeral 7° del articulo 48°, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en aplicación del articulo 40° del Código Orgánico Procesal Penal vigente d.....