Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.-administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA SUSPENSION DE LA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha catorce (14) de marzo de 2024, la cual recayó sobre un apartamento (1) distinguido con el No. 14-B, ubicado en el Nivel 15, del edificio la Perla, el cual se encuentra construido sobre una parcela de terreno ubicada en la calle 68 y distinguido con el No. 9-73, entre avenidas 9 y 9-B, en jurisdicción de la parroquia Coquivacoa del municipio Maracaibo del estado Zulia. Las particularidades, medidas y linderos de dicho edificio, como de la parcela sobre la cual se encuentra construido, se determinan en el correspondiente documento de condominio, debidamente registrado ante la Oficina de Registro Público del Primer.....