En razón de lo expuesto este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE EL RECURSO DE CASACIÓN anunciado por el Abogado RAFAEL LUIS MOTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V- 11.782.798, abogado en ejercicio, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 101.322, contra la sentencia dictada por este Juzgado Superior en fecha Ocho (08) de Julio de 2024, de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 312 y el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil.