Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes vertidos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE PROCEDENTE la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES POR DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES siguió el ciudadano JESÚS ENRIQUE ÁLVAREZ MORALES, contra la sociedad mercantil MARITIME CONTRACTORS DE VENEZUELA, SA, anteriormente denominada MAERSK CONTRACTOR VENEZUELA, SA. En consecuencia, se le condena a pagar la suma de ciento dos mil quinientos cincuenta bolívares con cuarenta y cuatro céntimos (Bs.102.550,44) por los conceptos laborales que fueron debidamente detallados en el cuerpo de este fallo.
Igualmente, se condena a pagar el monto que resulte de las experticias ordenadas en la forma indicada en el cuerpo de este fallo.
SEGUNDO:.....