este TRIBUNAL EJECUTOR, acuerda suspender la practica de la medida comisionada por el Tribunal comitente por cuanto el inmueble objeto de la presente medida se encuentra dentro de las previsiones y garantías indicadas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, procedimiento que debe agotarse en todas sus instancias. Dejando expresa constancia el mismo, que al momento de la ejecutoria, el inmueble se encuentra habitado por la ciudadana KARLA KATIANA NAHMENS MEDINA ya identificada y por sus dos menores hijos, con bienes muebles dentro de él.- Así se resuelve.....