, DECLARA:
¿ Consumado el Acto Procesal del Convenimiento sobre Obligación de Manutención, de fecha 30 de Mayo de 2012, celebrado por los ciudadanos ARNALDO CLARET ANDRADE PEÑA y LIRIS PATRICIA GARCÍA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.-20.280.117 y V.-20.195.435 respectivamente, en beneficio de los niños ALEXANDRA y ALEXANDER ANDRADE GARCÍA, de cuatro (04) y dos (02) años de edad respectivamente, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido Convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
¿ Se ordena expedir las copias certificadas solicitadas.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los veinticin.....