Por los fundamentos de Hecho y de Derechos esgrimidos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado Elio José Mora Molina, venezolano, natural de Barquisimeto, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, con fecha de nacimiento 04/12/83, C.I. 16.322.001, hijo de Elio José Mora Velasco y de Ángela Molina Blanco y residenciado en Urbanización san francisco, avenida 38 vereda 11 casa No. 14 Municipio San Francisco del Estado Zulia, a cumplir la pena de Ocho (08) Años y Dos (02) Meses de Prisión, más las accesorias de ley previstas en el articulo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de Robo Agravado en Grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 458, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal y Porte Ilícito de Arma de Fuego, p.....