Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 25/07/2008

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Quinto de Juicio
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : NP01-P-2008-001479 N° Sentencia : Fecha: 25/07/2008
Procedimiento:
Improcedente Solicitud Hecha Por La Defensa
Partes:
ACUSADO: JEAN CARLOS ORTEGA Y LUIS JOSE RAMOS, VICTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO Y FISCALIA SEXTA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO MONAGAS
Resumen:
Mediante auto se DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud formulada por el Abg. JOSE GREGORIO SUAREZ, en su carácter de defensor privado de los acusados JEAN CARLOS ORTEGA Y LUIS JOSE RAMOS, en el sentido que le sea sustituida la Medida de Privación Judicial de Libertad prevista en el Artículo 250 por una menos gravosa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256, del Código Orgánico Procesal Penal, por lo antes expuesto se acuerda NEGAR la sustitución de la medida, y por ende SE RATIFICA en los mismos términos dictados en la decisión de fecha 11-03-2008, impuesta al aludido imputado.
Juez/Ponente:
Larry Zuleta Sanchez
Organo:
Tribunal Quinto de Juicio
arriba

N° Expediente : NP01-P-2008-002457 N° Sentencia : Fecha: 25/07/2008
Procedimiento:
Condenatoria
Partes:
ACUSADO: JOSÉ GREGORIO LOROÑO, VICTIMAS: JOSÉ LUÍS ORANDI Y FISCALÍA DÉCIMA TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO MONAGAS
Resumen:
Mediante auto se Pùblica el texto integro de la sentencia, donde este tribunal condena CONDENA al ciudadano JOSE GREGORIO LOROÑO, a cumplir la pena de UN (01) AÑOS DE PRISION, que resulta de aplicar el limite inferior de la pena prevista en el Artículo 458 del Código Penal Venezolano Vigente, es decir Cuatro (04) a Ocho (08) años DE PRISIÖN, aplicando la rebaja establecida en el Artículo 74 ordinal 4° Ejusdem, en virtud de la Buena Conducta Predelictual; y rebajada dicha pena a la mitad por disposición de lo establecido en el Artículo 82 del Código Penal Venezolano, quedando en definitiva la pena a imponer de UN (01) AÑO DE PRISION, por haberlos hallado CULPABLE de la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en los artículos 453 Ordinal Cuarto, en concordancia con lo establecido en los artículo 80, ambos del Código Penal, cometido en perjuicios del Ciudadano JOSE LUIS MORANDI.
Juez/Ponente:
Larry Zuleta Sanchez
Organo:
Tribunal Quinto de Juicio
arriba

N° Expediente : NP01-P-2006-001594 N° Sentencia : Fecha: 25/07/2008
Procedimiento:
Decaimiento De La Medida De Privación Judicial Pre
Partes:
ACUSADO: WILMAN ESTEBAN PALMA TOVAR, VICTIMA: LUÍS ERNESTO ORTIZ Y FISCALÍA CUARTA DEL MINISTERIO PÚBLICO
Resumen:
Mediante auto de conformidad con la aplicación del artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, quien aquí decide , ACUERDA DECRETAR MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, consistente en presentación de cada 08 días por ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, y la presentación de Dos (2) fiadores que deberán ser de reconocida buena conducta, responsables, tener capacidad económica de 70 unidades tributarias para atender las obligaciones que contraen, y estar domiciliados en el territorio nacional, al ACUSADO de autos WILMAN ESTEBAN PALMA TOVAR, titular de la cédula de identidad N° 6.297770, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 256, ordinal 3 y 258 de la norma adjetiva penal, en virtud de haber superado los 2 AÑOS privado de su libertad, sin que se hubiere realizado el JUICIO ORAL Y PUBLICO en su contra. Se deja Cosntancia que el retardo procesal no es causa imputable al tribunal.
Juez/Ponente:
Larry Zuleta Sanchez
Organo:
Tribunal Quinto de Juicio
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados