declara SIN LUGAR LA DEMANDA por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO interpuesta por la firma mercantil GALVEN GALERÍAS S.L. y PARCIALMENTE CON LUGAR LA RECONVENCIÓN interpuesta por la firma mercantil ALL GRILL SERVICIO DE COMIDA RÁPIDA C.A, todos antes identificados. En consecuencia se declara: PRIMERO: la nulidad absoluta de las cláusulas sexta, séptima y las condiciones particulares relacionadas con las mismas, del Contrato de Arrendamiento suscrito por las partes; SEGUNDO: la nulidad del concepto cobrado por "Asesoría y Contrato" que riela en las condiciones particulares del contrato suscrito bajo la letra "C", Pagos a Realizar: N° 1; TERCERO: se condena a la parte actora A) al reintegro del pago indebido por el total de las sumas de los cánones de arrendamientos cancelados por el arrendatario hasta la presente fecha deduciendo lo que corresponda al total de las sumas de los mismos cánones mensuales pero al tipo de cambio vigente para la fecha de la suscripción del contrato, a .....