Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, n concordancia con los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y por autoridad de la Ley, DECLARA: IMPROCEDENTE la presente acción de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR INCUPLIMIENTO DE CONTRATO Y EN CONSECUENCIA, LOS DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS POR SU RESOLUCIÓN E INCUMPLIMIENTO incoada por el abogado en ejercicio JORGE JOSÉ BRITO MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.015, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ARMANDO CARLOS BERNAL GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.564.658, contra la sociedad mercant.....