En fecha 23 de Mayo de 2013, fue presentada solicitud por la ciudadana GRACIELA DEL VALLE RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.481.689, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 50.546, de este domicilio, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana ADELA RODRÍGUEZ DE BOCHINO, de nacionalidad española, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Residente N° E-84.077, domiciliada en la ciudad de Valencia del Estado Carabobo, la cual se admite por no ser contraria a las disposiciones del Artículo 341 del Código de Procedimiento Civil.
El Tribunal conforme al Artículo 773 del mencionado Código pasa a decidir en la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO y en consecuencia OBSERVA: Que la referida ciudadana intentó ante este Tribunal la Rectificación del ACTA DE MATRIMONIO suya, la cual se encuentra inscrita por ante el Juzgado del Municipio Piar de la Circun.....