El Tribunal, vista la anterior exposición, provee de conformidad con lo solicitado, y en consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, El Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente embargada preventivamente, la cantidad de DIECIOCHO MIL CIENTO VEINTINUEVE CON BOLÍVARES CON SIETE CÉNTIMOS (Bs. F. 18.129,07), disponibles en la cuenta corriente No. 01340526335263041218, de la entidad bancaria Banesco Banco Universal, cuyo titular es el demandado de autos, y se ordena la elaboración de cheque de gerencia, con cargo a dicha cuenta, a la orden del Juzgado de los Municipios Machiques de Perijá y Rosario de Perijá de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Machiques.