DISPOSITIVA.
Vista las anteriores consideraciones y con el objeto de mantener un equilibrio Procesal de Derecho y de Justicia Social, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA A PLAZO, intentada por el INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INAVI), Instituto Oficial Autónomo, de este domicilio, creado por Ley el 13 de mayo de 1975, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 1.746, extraordinario de fecha 23 de mayo del 1975, contra la ciudadana MARIDELF JOHNNE GÓMEZ VENAL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.195.737.
SEGUNDO: Se Declara Resuelto el contrato de VENTA A PLAZOS N° 085872, celebrado entre las partes en fecha 01 de octubre del año 1996. .....