DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La presente solicitud fue objeto de decisión, solicitada por el ciudadano FRANKLIN LUIS OCHOA CARDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-17.819.140, domiciliado en el Municipio Cabimas, estado Zulia; con relación a un Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado, de conformidad con lo establecido en el artículo 273 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIAS en costas en virtud del dispositivo del fallo.
Publíquese, Regístrese incluso en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve así como en la página www.zulia.scc.or.....