Con los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de las Potestades Jurisdiccionales atribuidas por el artículo 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA la instancia en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO CON RESERVA DE DOMINIO sigue HARRIS HAROLD HUERTA HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.974.551, de este domicilio, contra los ciudadanos JESÚS ENRIQUE GRATEROL BOSCAN y YULIMAR DEL CARMEN YANEZ VILLALOBOS venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 15.052.785 y 15.260.926, respectivamente, en concatenación con el artículo 12 de la Ley de Arancel Judicial y con la Jurisprudencia emanada del Máximo Tribunal de la República en Sala de Casación Civil, de fecha 6 de julio de 2004, Exp......